¿Qué es?
Es el régimen destinado a garantizar y organizar el contacto entre los hijos y sus progenitores u otras personas con quienes exista un vínculo familiar relevante. Puede establecer días, horarios, vacaciones, comunicaciones y demás modalidades, priorizando siempre el interés superior de los niños.
¿Para qué me sirve esto?
Permite establecer reglas claras para el contacto familiar cuando los adultos no logran acordarlas. También puede solicitarse judicialmente su modificación cuando cambian las circunstancias o cuando el régimen existente deja de responder adecuadamente a las necesidades familiares.
¿Qué valor tiene esto?
El costo depende de la complejidad del conflicto y la intervención necesaria. Los honorarios profesionales se encuentran regulados por la Ley N.º 9459 de Córdoba y la escala aplicable en JUS. Pueden existir además gastos judiciales según las medidas y actuaciones requeridas.
